De webcams, trabajo remoto y derecho a la privacidad
Apple reporta accidentes falsos, WhatsApp permite grupos de más de mil y hablemos de la importancia del derecho a la privacidad
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Noticias
El Wall Street Journal reportó que la función de detección automática de accidentes automovilísticos integrada por Apple en los modelos más recientes de sus iPhones y Apple Watch se activa cuando estás en una montaña rusa. El Centro de Comunicaciones del Condado de Warren entregó al Journal seis grabaciones de falsas alarmas provenientes de Kings Island. El sitio Coaster101.com reportó que dos atracciones en Dollywood tienen anuncios que piden no llevar dispositivos electrónicos en estas, ya que pueden provocar una llamada automática a los servicios de emergencia. De acuerdo con una entrevista con TechCrunch, Apple dijo que sus dispositivos usan el giroscopio, acelerómetro, GPS, micrófono y barómetro para determinar si ocurrió un accidente.
Revisemos cuál de sus productos canceló hoy Google. La Gran G confirmó que finalizará el Panel de Modo de Asistencia al Conductor el 21 de noviembre, luego de publicar inicialmente un aviso para informar que dejaría de integrar Google Maps en el modo de Asistencia al Conductor. El Modo de Conducción Optimizado para automóviles en Google Maps seguirá estando disponible en Android.
En la beta más reciente de WhatsApp los usuarios podrán incluir hasta 1,024 participantes en total por grupo. Esta función está siendo probada con algunos usuarios, pero se espera esté disponible para todos pronto. Para que este tipo de grupos sea funcional, la empresa está trabajando en nuevas herramientas para administradores, como un sistema de aprobación de membresía, así como una lista de participantes pendientes de aprobación.
BeReal es la aplicación más popular en la Generación Z pero ¿qué tanto la usan? Una investigación de Sensor Towers dice que la aplicación llegó a las 53 millones de instalaciones a nivel mundial, tanto en la App Store como en Google Play, lo cual es impresionante, pero solo el 9% de los usuarios en Android abren la aplicación cada día para usarla, al menos en el último trimestre. Para tener un mejor contexto, Instagram cuenta con un 39% de usuarios activos y TikTok con un 29%. A pesar de esto, el incremento en usuarios de BeReal indica que el uso de la aplicación pasó de ser una moda, a una plataforma mejor establecida.
La firma Chetu, basada en Florida, despidió a un vendedor telefónico que trabajaba en los Países Bajos después de que el empleado se negara a dejar su cámara web encendida durante nueve horas durante un curso de capacitación virtual. Un tribunal holandés dictaminó que se trataba de un despido injustificado porque “las instrucciones para mantener la cámara web encendida están en conflicto con el respeto a la privacidad de los trabajadores” y agregó que violaba el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. El tribunal impuso una multa de $50,000 dólares a la empresa y le ordenó pagar salarios atrasados y eliminar una cláusula de no competencia en su contrato con su extrabajador.
La importancia del derecho a la privacidad
Las herramientas tecnológicas con las que contamos permiten un seguimiento y rastreo más fácil de nuestras actividades. Desde la ubicación proporcionada por nuestros celulares, sin contar con las cámaras y micrófonos, los cuales pueden ser utilizados por actores maliciosos a través de spyware, todo esto puede proporcionar una cantidad de información completa sobre las actividades de una persona.
Una compañía de Florida contrató a un trabajador en Holanda para que colaborara con ellos de manera remota. El trabajador estuvo cumpliendo sus labores, pero el 23 de agosto se le ordenó participar en un curso virtual llamado “Programa de Acción Correctiva” y se le solicito que durante las 9 horas de duración de ese curso debería de permanecer conectado por la duración del programa, compartiendo pantalla y con su webcam encendida. Días después el “telemarketero” reportó no sentirse cómodo con esta medida diciendo y alegando invasión a su privacidad, especialmente considerando que ya estaban monitoreando la actividad en su computadora y que él estaba compartiendo pantalla. Después de esto, fue despedido por “insubordinación” y “negarse a trabajar”.
Este caso fue llevado a la corte en Holanda y se determinó que la causa de su despido era inválida, especialmente por que no había evidencia de que el empleado se negara a trabajar. La indicación de que dejara su cámara siempre encendida está en contraposición a “el derecho al respeto de su vida privada” de acuerdo con la corte.
Por su parte, la empresa Chetu alegaba que no hay diferencia entre solicitar que dejara su cámara web siempre encendida, o a que el trabajador estuviera siendo observado por el coordinador de proyecto, si esto se diera en un trabajo dentro de una oficina física.
Las diferencias entre el trabajo dentro de un mismo entorno físico o un entorno virtual es algo que todavía no es comprendido del todo por muchas empresas. El mejor ejemplo es una junta a través de video llamada. Se ejerce una mayor presión psicológica en los participantes debido a que estos se sienten siempre observados por todos, mientras que, si esta junta se da en un lugar físico, puedes detectar las miradas y ver cómo la atención se distribuye, reduciendo dicha presión.
En mi experiencia personal me ha tocado trabajar con jefes que se vanagloriaban de la capacidad de poder monitorear y acceder a los equipos de cómputo usados por los empleados. Esto les parece un instrumento que les otorga el mayor control posible, cosa que presumen con orgullo, y esto décadas antes del surgimiento del trabajo remoto como algo cotidiano. Al momento en que uno comparte su espacio de trabajo, ubicado en un hogar particular, las cámaras y monitoreos invaden un espacio personal y es algo con lo que muchos gerentes y administradores no saben lidiar del todo. Lo mismo ocurre con el uso de teléfonos personales, así como el desvanecimiento de horarios laborales, en donde “debido a que trabajas desde casa” y gracias a que la empresa te otorga más flexibilidad, tú como trabajador debes ofrecer más de tu tiempo cuando este sea requerido.
En México, y desde luego, en otras partes del mundo, se han establecido reformas laborales que buscan crear entornos más favorables para los trabajadores. Una cosa es lo que se plantea en papel, y otra distinta la manera en que las empresas las implementan, así como el tipo de condiciones que ofrecen. De poco sirve el tener establecidos horarios laborales limitados, salarios mínimos o incrementar los días de vacaciones, cuando en el terreno real laboral, la mayoría de las ofertas de trabajo implican pocos días de vacaciones, jornadas de 10 horas, 6 días a la semana y salarios que no alcanzan a cubrir las necesidades básicas de los trabajadores.
En el caso de Chetu,al final, la corte solicitó el pago de salarios caídos, compensaciones y multas a Chetu Inc., así como el pago de los gastos administrativos generados durante el juicio, y la eliminación de una clausula limitante de no competencia para así facilitar el encontrar otro trabajo al colaborador que despidieron. Este caso de haberse librado en Estados Unidos no hubiera tenido una resolución tan satisfactoria para el demandante debido a las diferencias legislativas. Fue gracias al Artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos y a la interpretación de la corte que se falló a favor del demandante. En América Latina seguramente este caso hubiera tomado más tiempo y el resultado sería distinto.
Si quieres saber más sobre cómo te monitorean durante las videollamadas, revisa nuestro episodio 101, en donde hablamos sobre como Zoom podría detectar si te aburres en una junta.